Finalmente, el cuaderno digital obligatorio para registrar los fitosanitarios se aplaza hasta 2027. Una prórroga que fue aprobada, mediante real decreto, en el último consejo de ministros, y que va en línea con la modificación introducida por la Comisión Europea.
Así lo informa Efeagro, citando el comunicado del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). En él, se explica que el reglamento de Bruselas permite a los países mantener los registros de los productos fitosanitarios en formato papel durante todo 2026 y poder elegir si posponer o no hasta el 1 de enero de 2027 la obligación de registrar el uso de productos fitosanitarios en formato electrónico.
Esta flexibilización de los plazos para la introducción del cuaderno digital «da un mayor margen a los agricultores que lo necesiten para prepararse para la transferencia de los registros a soportes electrónicos». Asimismo, el Ministerio destaca el especial beneficio que supone para “las pequeñas explotaciones y los agricultores con mayor dificultad de acceso a los recursos digitales».
Pero, dado que la transformación digital es ya una realidad, desde Agricultura han puesto un cuaderno de explotación agraria a disposición de los agricultores, para que puedan “disponer de un instrumento eficaz de gestión y aprovechar todo el potencial que la digitalización de la información les ofrece en beneficio de su explotación y de todo el sector”.
Con esta herramienta, gratuita y voluntaria, el sector podrá empezar a cumplir con las obligaciones legislativas de registro y familiarizarse con el cuaderno digital antes de su entrada en vigor obligatorio, el 1 de enero de 2027.
El citado real decreto también incluye la modificación de las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal.
Enmarcado en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (Pepac) , el objetivo de esta modificación es mejorar el impacto y el alcance de estas ayudas, de ámbito supraautonómico, dirigidas a dinamizar el Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura (AKIS).
Con ello se pretende facilitar la ejecución por parte de agrupaciones y organizaciones nacionales en colaboración con entidades vinculadas, y clarificar otros criterios técnicos (definiciones de personal, inversión, límites de subcontratación y matizar la moderación de costes).
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