Aragón inicia el periodo para las quemas controladas en el sector agrícola y forestal

Ya ha comenzado el periodo habilitado en Aragón para realizar quemas agrícolas y forestales controladas. Se iniciaba este jueves, 16 de octubre, y finalizará el 31 de marzo de 2026, excepto para la quema de restos de poda de olivo en montones, que se prolongará hasta el 31 de mayo de 2026.

Así se informa desde el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón y se han hecho eco los distintos medios autonómicos, como Diario del Altoaragón. Las quemas sólo podrán realizarse cuando se disponga de autorización previa y el Índice de Riesgo por Uso del Fuego (IRUF) sea verde en la zona y fecha previstas.

El IRUF se calcula diariamente por comarcas, teniendo en cuenta la previsión meteorológica y la cantidad de combustible vegetal para arder. Puede consultarse en este enlace o recibirse diariamente por correo electrónico, previa suscripción en la misma web. También está disponible en las oficinas comarcales agroambientales (OCAs).

La comunicación necesaria para realizar una quema se puede presentar de dos formas: telemáticamente, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón (Solicitud de Quemas) o presencialmente en las OCAs, en los ayuntamientos o en cualquier Registro oficial.

En el caso de explotaciones de más de 49 trabajadores y con un volumen de negocios superior a 10 millones de euros, deberán solicitar la autorización al Servicio Provincial de Medio Ambiente a través del Registro Electrónico General.

Las quemas agrícolas o forestales en terrenos definidos como monte, así como en aquellos destinados a cualquier otro uso situados dentro de la franja de 400 metros alrededor del monte, requiere autorización o comunicación previa, según corresponda, en función del tipo de restos vegetales a quemar, su continuidad espacial y la época en que se realicen las quemas.

Las quemas de restos vegetales que no presenten continuidad espacial (por ejemplo, los montones de restos de poda) deberán notificarse mediante el Anexo I con al menos siete días hábiles de antelación. Para la quema de restos que sí presenten continuidad espacial, se exigirá una autorización específica cuyo modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.

Desde este jueves también se vuelve a autorizar el uso del fuego en instalaciones recreativas, culturales o similares, como las barbacoas, siempre que se realicen en infraestructuras habilitadas o expresamente autorizadas.

Tras detallar toda la normativa, la información del ejecutivo autonómico se completa con una serie de medidas preventivas obligatorias, así como con declaraciones de la Directora General de Gestión Forestal, Ana Oliván, que se pueden escuchar al final del artículo publicado en la web del Gobierno de Aragón. Ahí, Oliván ahonda en algunas de las cuestiones más destacadas, como la tramitación de permisos, la notificación de quemas sin continuidad en todos los casos, la prohibición de quemar con el IRUF rojo o la precaución en las quemas.

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