Mejora de la normativa de ayudas a la mujer rural y a la formación por la COVID-19

La modificación aprobada por el Gobierno de España establece un régimen transitorio para 2020, en el que se amplían los plazos para la ejecución y justificación de las actividades que se hayan visto afectadas por las restricciones causadas por el Coronavirus.

La portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, ha explicado en su comparecencia tras el Consejo de Ministros, que el real decreto aprobado el pasado 8 de septiembre “va a permitir aprovechar de forma más clara estas ayudas públicas que pretenden fijar la población al territorio”, según publica la Agencia de Noticias EFE .

Dicho real decreto, como ha detallado el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, en un comunicado, modifica aquellos que establecen las bases para la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional y a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural, así como las órdenes de convocatoria para 2019 y 2020.

El objetivo es “posibilitar la realización de las actividades subvencionadas” que fueron “interrumpidas por la declaración del estado de alarma” a causa de la pandemia y “minimizar los perjuicios que la situación epidemiológica actual pueda suponer a las entidades beneficiarias”.

 

Flexibilización de los  requisitos de actividades

En el caso de las ayudas a mujeres rurales se amplían los plazos para la ejecución y justificación de las actuaciones, “de modo que las entidades beneficiarias dispongan de más tiempo para realizar los proyectos ya aprobados para 2020”, y se posibilita que se modifiquen los proyectos ya aprobados para ajustarlos “a este régimen transitorio”, ha declarado la ministra.

Se flexibilizan además determinados requisitos de las actividades para que sea más fácil realizarlas en el actual contexto, como por ejemplo la posibilidad de impartir formación telemática. Para los programas de formación, también se establece un régimen transitorio para hacer posible que se realicen y se justifiquen, y se flexibilizan las condiciones referidas al porcentaje de ejecución de las actividades.

 

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